Resumen sobre la ley RD 866/2010 ley "antituning"
Publicado: 09 Feb 2011 21:17
GRUPO 1: IDENTIFICACIÓN
Es importante pero no a nivel de usuario para modificaciones
GRUPO 2: UNIDAD MOTRIZ
Se consideran reformas la adicción o cambios de turbocompresores, compresores, intercoolers, admisión directa, cambios de motor, cambios en el sistema de escape, desde colectores hasta tramo de salida, reprogramaciones (éstas últimas solo pueden ser hechas por el fabricante del vehículo) entre otras.
Cambios respecto antes: Más hincapié en los cambios en la admisión y escape y se tienen en cuenta las reprogramaciones
GRUPO 3: TRANSMISIÓN
Como antes, se considera reforma los cambios en la caja de cambios: grupo corto, cambio en las relaciones, etc....
GRUPO 4: EJES Y RUEDAS
Este punto es importante. Como antes, se considera reforma la variación del ancho de vías pero existe un cambio, si se varían las vías más de 60 mm en turismos y 150 mm en Todo terrenos, se exige presentar proyecto técnico.
Hay un punto que no me queda claro, ya que el texto indica: "modificaciones o sustituciones en ruedas..." No creo que se les ocurra que haya que legalizar llantas
Importante: la equivalencia de neumáticos se mantiene, solo hay que legalizarneumáticos no equivalentes.
GRUPO 5: SUSPENSIÓN
Sigue igual que antes, cambios en los elementos de la suspensión, excepto amortiguadores, se considera reforma. Como antes, no hay ninguna referencia al cambio de altura del vehículo, es decir, aunque no varíe la altura, es reforma.
GRUPO 6: DIRECCIÓN
El cambio de volante, que antes se permitía una variación del 10%, en principio no indica nada de un margen, por lo que cualquier cambio de voalnte sería reforma.
Al igual que antes, o mejor dicho desde Enero de 2009, no se puede quitar un volante con airbag por otro sin airbag.
GRUPO 7: FRENOS
Al igual que antes, el cambio del sistema de frenado o de alguno de sus componentes es reforma.
Este punto es siempre dificil de detectar, pero vamos, al igual que antes, cambios en el diámetro de los discos, discos ventilados o rayados, latiguillos metálicos, eliminación del ABS, etc.... serían considerados reforma.
GRUPO 8: CARROCERÍA
Cambio de asientos: reforma al igual que antes
Cambios en los cinturones de seguridad: esto es nuevo, si cambias los cintos por otros de diferente tipo o que cambie el número de anclajes, es reforma.
G8-20: esta es de chiste y me imagino que se aplicará cuando estos elementos sean FIJOS, no de quita y pon. La instalación de elementos fijos en el salpicadero como taxímetros, GPS o DVD se considera reforma debido a que se debe garantizar la correcta apertura de los airbags. me imagino que en la páctica solo se aplicará a los taxímetros.
Instalación de un arco de seguridad contra el vuelco: es reforma al igual que antes
Transformaciones que modifiquen los voladizos trasero y delantero, es reforma como antes, ya que esa variación implica cambio en la carrocería, etc...
TUNING: como antes, las susutituciones de o adiccones de alerones, faldones, etc.... es reforma. Lo único que probablemente varíe es que tengan que ser piezas homologadas y no artesanales. Este punto de la reforma es más importante para otra gente, ya que ahora considera reforma la instalación de carteles publicitarios, aires acondionados exteriores o porta luces que no sean originales del coche. Es decir, perjudica más a los profesionales que a los atuneros
GRUPO 9: ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN
Se considera reforma la adición de luces que no sean originales: LEDS delanteros, etc...
GRUPO 10: UNIÓN ENTRE VEHÍCULOS Y SUS REMOLQUES O
Igual que antes
GRUPO 11: OTROS
Nada importante
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Resumen de la historia, nos van a putear mas en el itv. Espero que no se pongan muy pijoteros
Es importante pero no a nivel de usuario para modificaciones
GRUPO 2: UNIDAD MOTRIZ
Se consideran reformas la adicción o cambios de turbocompresores, compresores, intercoolers, admisión directa, cambios de motor, cambios en el sistema de escape, desde colectores hasta tramo de salida, reprogramaciones (éstas últimas solo pueden ser hechas por el fabricante del vehículo) entre otras.
Cambios respecto antes: Más hincapié en los cambios en la admisión y escape y se tienen en cuenta las reprogramaciones
GRUPO 3: TRANSMISIÓN
Como antes, se considera reforma los cambios en la caja de cambios: grupo corto, cambio en las relaciones, etc....
GRUPO 4: EJES Y RUEDAS
Este punto es importante. Como antes, se considera reforma la variación del ancho de vías pero existe un cambio, si se varían las vías más de 60 mm en turismos y 150 mm en Todo terrenos, se exige presentar proyecto técnico.
Hay un punto que no me queda claro, ya que el texto indica: "modificaciones o sustituciones en ruedas..." No creo que se les ocurra que haya que legalizar llantas
Importante: la equivalencia de neumáticos se mantiene, solo hay que legalizarneumáticos no equivalentes.
GRUPO 5: SUSPENSIÓN
Sigue igual que antes, cambios en los elementos de la suspensión, excepto amortiguadores, se considera reforma. Como antes, no hay ninguna referencia al cambio de altura del vehículo, es decir, aunque no varíe la altura, es reforma.
GRUPO 6: DIRECCIÓN
El cambio de volante, que antes se permitía una variación del 10%, en principio no indica nada de un margen, por lo que cualquier cambio de voalnte sería reforma.
Al igual que antes, o mejor dicho desde Enero de 2009, no se puede quitar un volante con airbag por otro sin airbag.
GRUPO 7: FRENOS
Al igual que antes, el cambio del sistema de frenado o de alguno de sus componentes es reforma.
Este punto es siempre dificil de detectar, pero vamos, al igual que antes, cambios en el diámetro de los discos, discos ventilados o rayados, latiguillos metálicos, eliminación del ABS, etc.... serían considerados reforma.
GRUPO 8: CARROCERÍA
Cambio de asientos: reforma al igual que antes
Cambios en los cinturones de seguridad: esto es nuevo, si cambias los cintos por otros de diferente tipo o que cambie el número de anclajes, es reforma.
G8-20: esta es de chiste y me imagino que se aplicará cuando estos elementos sean FIJOS, no de quita y pon. La instalación de elementos fijos en el salpicadero como taxímetros, GPS o DVD se considera reforma debido a que se debe garantizar la correcta apertura de los airbags. me imagino que en la páctica solo se aplicará a los taxímetros.
Instalación de un arco de seguridad contra el vuelco: es reforma al igual que antes
Transformaciones que modifiquen los voladizos trasero y delantero, es reforma como antes, ya que esa variación implica cambio en la carrocería, etc...
TUNING: como antes, las susutituciones de o adiccones de alerones, faldones, etc.... es reforma. Lo único que probablemente varíe es que tengan que ser piezas homologadas y no artesanales. Este punto de la reforma es más importante para otra gente, ya que ahora considera reforma la instalación de carteles publicitarios, aires acondionados exteriores o porta luces que no sean originales del coche. Es decir, perjudica más a los profesionales que a los atuneros
GRUPO 9: ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN
Se considera reforma la adición de luces que no sean originales: LEDS delanteros, etc...
GRUPO 10: UNIÓN ENTRE VEHÍCULOS Y SUS REMOLQUES O
Igual que antes
GRUPO 11: OTROS
Nada importante
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Resumen de la historia, nos van a putear mas en el itv. Espero que no se pongan muy pijoteros